Nuestros estatutos garantizan la democracia interna

Resumen:

Los estatutos de la Cooperativa CosmoPolítica describen su finalidad y su democracia interna. Definen su objetivo: la Sociedad de Acuerdo con la justicia social, la sostenibilidad medioambiental y la democracia paneuropea para 2050.

Hay tres tipos de miembros: Cooperadores, Empleados y Organizaciones Nacionales. En la toma de decisiones intervienen un Consejo de Administración y un Consejo de Mediación y Arbitraje, todos ellos elegidos democráticamente.

Las Decisiones Estratégicas son iniciadas, modificadas y decididas por todos los Cooperadores. Las Decisiones Operativas las toma el Consejo de Administración, y los Cooperadores controlan las importantes. Los conflictos son gestionados por el Consejo de Mediación y Arbitraje.

La Cooperativa trabaja para toda la Unión Europea, representando a los Cooperadores independientemente de su nacionalidad. Las Organizaciones Nacionales pueden existir temporalmente por razones legales, pero tienen una autonomía mínima.

El propósito de los estatutos de la Cooperativa CosmoPolítica es especificar su propósito y asegurar la democracia interna de la Cooperativa.

Precisan la razón de ser de la Cooperativa, tal como se define en el artículo 1835 del Código Civil francés: llevar a cabo su programa político, es decir, la Sociedad del Acuerdo, destacando la justicia social, la sostenibilidad medioambiental y la democracia paneuropea, en 2050 o antes.

La Cooperativa tiene tres tipos de socios: Cooperadores, Empleados y Organizaciones Nacionales. Existen dos órganos de decisión: el Consejo Directivo y el Consejo de Mediación y Arbitraje, ambos compuestos por Cooperadores y elegidos democráticamente por los Cooperadores. Las Organizaciones Nacionales están compuestas por Cooperadores cuya ciudadanía es la del Estado Miembro correspondiente.

La lógica de toma de decisiones de los Estatutos es la siguiente:

  • Todas las decisiones que otorgan poderes a los Cooperadores, que comprometen recursos significativos o irreversibilidades, o que pueden conducir a una sanción de los Cooperadores, de las Organizaciones Nacionales o de la Junta Directiva, calificadas como Decisiones Estratégicas, se toman por iniciativa de los Cooperadores. Cualquier Cooperador tiene derecho a iniciar una Propuesta de Acción que pueda conducir a una Decisión Estratégica, a enmendarla en un Grupo de Trabajo dedicado y efímero, y a participar en la selección de aquellas Propuestas de Acción que serán implementadas por la Cooperativa. Esta estructura general se adapta a cada Tipo de Decisión Estratégica.
  • las demás decisiones, calificadas como decisiones operativas, son adoptadas por el Consejo de Administración. Las más importantes de estas Decisiones Operativas son controladas a priori por los Cooperadores. Estos últimos pueden delegar libremente este poder de control entre ellos.

Un Consejo de Mediación y Arbitraje gestiona los conflictos entre Cooperadores, Empleados, Organizaciones Nacionales y la Junta Directiva. También decide sobre las sanciones que se les aplicarán en caso de incumplimiento de las normas internas de la Cooperativa, previa investigación realizada por iniciativa de los Cooperadores.

La Cooperativa CosmoPolítica actúa a nivel de toda la Unión Europea, en nombre de todos sus Cooperadores, sin tener en cuenta los intereses nacionales. Las organizaciones nacionales a nivel de cada Estado miembro de la Unión existen únicamente porque la legislación nacional a menudo prohíbe a las organizaciones no nacionales participar en actividades políticas. A la larga, están destinados a desaparecer. Por lo tanto, las Organizaciones Nacionales están estrictamente subordinadas a la Cooperativa y su autonomía está limitada al máximo.

Texto completo de nuestros estatutos